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DIFERENCIA ENTRE AUTONOMO Y SL

Una de las cuestiones más comunes para muchos empresarios es cuál es la diferencia entre autónomo y sl. En este post vamos a destapar todos los secretos más importantes para tener en cuenta, y así tomes la mejor decisión posible según la situación en la que te encuentres. Entonces autónomo o sl

¿Cuál es la principal diferencia entre autónomo y sl?

La diferencia entre autónomo y sociedad limitada más importante de cara a entender todo lo demás, es que la persona autónoma es una figura personal, mientras que la sociedad limitada tiene una personalidad jurídica, es decir, cuando se constituye una sociedad, se está creando una personalidad a todos sus efectos.

A modo de ejemplo, cuando creamos una sociedad, ésta tiene su propia cuenta bancaria con sus movimientos contables en base a hechos propios de la actividad, debe responder a sus posibles deudas o ante las obligaciones de los organismos públicos (Seguridad Social o Hacienda). En definitiva, todo irá a nombre de la Sociedad.

Sin embargo, una persona autónoma será la que responda personalmente a todas las obligaciones que emanen de la actividad que realice, sea cual sea el contenido. Es decir, el trabajador autónomo estará al frente con todos sus bienes de manera personal y única.

Más diferencia entre sl y autónomo

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Una vez sabida la personalidad y responsabilidad de cada uno, pasamos a comentar las diferencias que hay en la práctica, es decir, el momento en el que se está realizando la actividad.

En primer lugar, a nivel contable hay una notable diferencia, ya que el autónomo no se rige por el Plan General Contable (PGC), como sí lo hace las sociedades limitadas. Esto quiere decir, que el autónomo no debe llevar una contabilidad con los asientos contables de dicho plan, teniendo que contabilizar su facturación con una serie de auxiliares de ingresos y gastos, que quedarán recogidos en sus libros.

Por su parte, las sociedades limitadas se rigen por el PGC para realizar la contabilidad. Este método es más controlable, ya que se debe contabilizar no solo las facturas, también todos los hechos contables de la actividad. Por ejemplo, todos los movimientos bancarios, todos los préstamos, cuando se compre, cuando se pague etc.

En definitiva, podemos concluir que el autónomo no está tan controlado a nivel contable, como si lo están las sociedades. El autónomo puede mezclar su cuenta personal con la de la actividad, mientras que la sociedad debe tener una cuenta bancaria específica para la actividad.

Autónomo y sl a nivel de impuestos

En este caso, seguimos teniendo latente la diferencia entre autónomo y sociedad limitada de la personalidad, ya que también será influyente a nivel fiscal. Los impuestos, como ya sabemos, una parte son provenientes de los beneficios de las actividades económicas de las empresas.

Por el lado del autónomo, será recaudado principalmente a través del modelo 130 (IRPF) que son adelantos del pago de la renta anual y que se calcula en base a los beneficios trimestrales de la actividad, siendo el tipo de gravamen del 20%. Si quieres saber más de este modelo, te lo explicamos aquí.

Información para tener en cuenta: hay actividades de autónomos que no tienen que presentar este modelo (algunos profesionales), pero éstos pagarán sus impuestos a través de las retenciones en sus facturas emitidas a la/s empresa/s y que dejan de cobrarlo, con la finalidad de que la empresa pagadora sea la que deposite dicha retención en Hacienda.

Por el lado de las sociedades limitadas, éstas deberán tributar su beneficio a través del Impuesto de Sociedades (modelo 200) y que será del 25%. Si la sociedad ha obtenido beneficios, se deberá adelantar 3 pagos fraccionados (octubre, diciembre y abril) al 18% (modelo 202) y que serán compensados en el modelo 200 del siguiente año.

En definitiva, ambos deberán ir adelantado sus beneficios a Hacienda a través de modelos con porcentajes y plazos distintos, aunque con una finalidad similar. Además, hay impuestos comunes como puede ser el modelo 303 (IVA), 111 (retenciones trabajadores o profesionales), 115 (retención alquiler local comercial) etc. En los que no hay ninguna diferencia.

Entonces, autónomo o sociedad limitada unipersonal

autónomo o sociedad limitada unipersonal

Lo primero que hay que ser consciente es que no pagarás lo mismo a Seguridad Social siendo autónomo que siendo autónomo societario. Este último, que es el representante de la sociedad en Seguridad Social, pagará una cuota mayor que el autónomo normal. No obstante, aún pudiendo acceder a la tarifa plana, el autónomo societario tendrá la tarifa plana si cumple los requisitos, pero pagarás más igualmente.

Aunque ahora se pueden constituir sociedades con solo 1€ (antes se necesitaban 3.000€), además de los gastos de notaria y asesoría, deberás tener en cuenta que una parte de tus futuros beneficios serán repartidos para el capital social de la sociedad, hasta llegar a los 3.000€ necesarios para su constitución. Nota importante: no solo puedes aportar dinero, también puedes utilizar elementos de inmovilizado (como un ordenador, por ejemplo). Entonces, la inversión inicial o a corto plazo de una sociedad es mayor que la de un autónomo.

Hay personas que constituyen sociedades sin tener en cuenta los futuros beneficios que van a generar, ya que simplemente creen que es más importante constituirse como una sociedad que empezar siendo autónomo. Déjame decirte que esto es uno de los errores más comunes que se cometen. Cierto es, que las sociedades, al tener personalidad jurídica, responden ante terceros sin tener que responder el autónomo societario con su propio patrimonio. Por ejemplo, frente a deudas,

Pero deberás plantearte si de verdad te merece la pena comenzar a pagar más a Seguridad Social, hacer una inversión mayor, pagar gastos de notaria y asesoría

La mejor decisión autónomo o sociedad

Nuestra recomendación es, si vas a empezar a realizar una actividad, no vas a tener unos beneficios muy boyantes y una estructura simple de negocio, es que comiences siendo autónomo beneficiándote de la tarifa plana en las cuotas de autónomos frente a la Seguridad Social. Luego, dependiendo la trayectoria de tu negocio, puedes valorar pasar de autónomo a empresa.

Pero si ya tienes una actividad y quieres pasar de autónomo a sociedad limitada, además de ser consciente de todo lo que te hemos comentado anteriormente, deberás tener en cuenta los beneficios que está teniendo tu actividad anualmente. Si dichos beneficios están superando los 35.000€ anuales, es recomendable comenzar a plantearse la constitución de la sociedad, ya que será a partir de este rango aproximado cuando compensa constituir una sociedad.

Finalmente, a modo resumen:

-Tendrás que dedicarle más tiempo a la administración de tu empresa, debido al control contable exhaustivo que hemos comentado al principio.

-A nivel fiscal, el porcentaje de los adelantos de los beneficios de la actividad son similares, por lo que para que se empiece a notar a nivel fiscal, debe haber buenos beneficios anuales.

-Pagarás más a Seguridad Social siendo autónomo societario que autónomo normal, aunque tengas la tarifa plana.

-Una inversión mayor a nivel dinerario y de tiempo para constituir tu SL.

Si aún sigues con dudas, ponte en contacto con nuestra asesoría y te ayudamos en todo lo que necesites. ¿Quieres ser autónomo o constituir una sociedad? Cuéntanoslo.